Propósito del estándar
Servir como referente para la evaluación y certificación de las personas que se desempeñan en empresas de cualquier tamaño y cuya función individual es calcular y procesar nóminas estándar, para lo cual realiza las siguientes funciones elementales: definir los elementos para calcular la nómina estándar, calcular las percepciones de la nómina estándar, calcular las deducciones de la nómina estándar y generar la dispersión de pagos de la nómina estándar.
Asimismo, puede ser referente para el desarrollo de programas de capacitación y de formación basados en el Estándar de Competencia (EC).
El presente EC se refiere únicamente a funciones para cuya realización no se requiere por disposición legal, la posesión de un título profesional. Por lo que para certificarse en este EC no deberá ser requisito el poser dicho documento académico.
Descripción
El Estándar describe y cita las funciones críticas que realiza un operador de nómina, las cuales se basan en definir los elementos de la nómina estándar, calcular las percepciones y deducciones de la nómina estándar y generar la dispersión de los pagos de la nómina estándar.
La primera parte del EC supone la integración en una ficha técnica de los datos necesarios para el posterior cálculo de la nómina, tales como periodicidad, datos de los empleados incluidos en la nómina, salario base de cada uno, prestaciones básicas y superiores a las de la ley, percepciones, deducciones y forma de pago.
A continuación, el operador de nómina debe calcular las percepciones de la nómina estándar, es decir, el salario diario, el aguinaldo, vacaciones, prima dominical, días de descanso laborados, prima vacacional, días de descanso obligatorios, salario por hora, tiempo extra, bonos, compensaciones, gratificaciones e incentivos. Los cálculos anteriores se deben realizar con base en lo estipulado en el Título Tercero, Capítulos I al VII de la Ley Federal del Trabajo, el artículo 109 de la Ley del Impuesto sobre la Renta y el artículo 27 de la Ley del Seguro Social.
En la tercera parte del EC, el operador de nómina debe realizar el cálculo de las deducciones de la nómina estándar, tales como las retenciones de ISR e IMSS, retención de pago de pensión alimenticia, retención de crédito INFONAVIT y retención de crédito FONACOT. Al igual que las percepciones, las deducciones deben calcularse de acuerdo a lo estipulado en el Título Tercero, Capítulos I al VII de la Ley Federal del Trabajo, el artículo 109 de la Ley del Impuesto sobre la Renta y el artículo 27 de la Ley del Seguro Social.
Finalmente, el operador de nómina debe generar la dispersión de la nómina estándar, lo cual conlleva la elaboración del listado de medio de pago, el reporte de pago y el recibo de pago.
Por lo anterior, este EC establece los conocimientos teóricos, básicos y prácticos con los que debe contar cada Elemento, para realizar su trabajo; así como las actitudes relevantes en su desempeño.
El presente Estándar de Competencia se fundamenta en criterios rectores de legalidad, competitividad, libre acceso, respeto, trabajo digno y responsabilidad social.
Elementos de competencia evaluados
Este estándar evalúa los siguientes elementos de competencia:
- E1265: Definir los elementos para calcular la nómina estándar
- E1266: Calcular las percepciones de la nómina estándar
- E1268: Generar la dispersión de la nómina estándar
Ocupaciones relacionadas
- Auxiliar y técnico administrativo
- Analista Payrolling
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- Analista BUS
- Operador BUS
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- Coordinador BUS
Temario: conocimientos que evalúa
Estos son los conocimientos que el candidato debe dominar según el estándar oficial:
- Terminología de Nómina Comprensión
- Ley Federal del Trabajo Título Tercero, Capítulos I al VII, percepciones. Aplicación
- Ley del Impuesto Sobre la Renta. Artículo. 109, percepciones. Aplicación
- Ley del Seguro Social. Artículo. 27, percepciones. Aplicación
- Ley Federal del Trabajo. Aplicación
- Ley del Impuesto Sobre la Renta. Artículo. 109 | Deducciones. Aplicación
- Ley del Seguro Social. Aplicación
Glosario del estándar: guía de estudio
Términos oficiales del EC0383 que conviene dominar antes de la evaluación:
- Deducciones de ley
- Se refiere a las aportaciones al Instituto Mexicano del Seguro Social y del Impuesto sobre la Renta.
- Deducciones extraordinarias
- Pensiones alimenticias, descuentos del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores, FONACOT, del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores INFONAVIT y aquellas derivadas de la empresa, como: credencial, uniformes, material, préstamos, entre otras.
- Forma de Pago
- Puede ser en efectivo, cheque o transferencia.
- Periodicidad
- Se refiere a la frecuencia del pago, que puede ser: semanal, catorcenal, quincenal, mensual, etc.
- Percepciones extraordinarias
- Se refiere a los ingresos que recibirá el trabajador de acuerdo al proceso productivo, tales como: bonos, tiempos extras, primas dominicales, gratificaciones, entre otros.
- Percepciones ordinarias
- Se refiere los ingresos que percibirá el trabajador por el desempeño de sus labores, es decir, sueldo y prestaciones.
- Prestaciones básicas
- Son las llamadas prestaciones de ley y se refiere a 15 días de aguinaldo, 25% de prima vacacional y 6 días de vacaciones al año.
- Prestaciones superiores
- Se refiere a prestaciones que exceden en montos o días a las de ley, además de otras que el patrón otorga, por ejemplo: vales de despensa, fondo de ahorro, ayuda de transporte, seguro de gastos médicos mayores, seguro de vida, comedor, entre otros.
- Prestaciones y Deducciones
- Datos consolidados en el portal del programa TuEmpresa.gob.mx de la Secretaria de Economía, http://www.tuempresa.gob.mx/web/ciudadano-firma/laboral- seguridad-social//asset_publisher/u WQs9YLYQPzJ /content/id/15154
- Fondo de ahorro
- Es una prestación mediante la cual los patrones y trabajadores aportan cantidades de dinero a un fondo específico. Las aportaciones deben ser paritarias (es decir, que patrón y empleado realizan aportaciones iguales) y tienen el propósito de conformar una reserva económica para que al final del ejercicio les sean entregadas el total de las aportaciones de ambas partes, con los intereses generados por los instrumentos en que éstas hubiesen sido invertidas. El trabajador podrá retirar más de dos veces al año lo acumulado en su fondo de ahorro, conviniendo con la empresa la forma del retiro.
- Impuesto Sobre la Renta (ISR)
- Impuesto Sobre la Renta (LISR) y de la Ley del Seguro Social. Es un impuesto directo sobre la ganancia obtenida; es decir, por la diferencia entre el ingreso y las deducciones autorizadas obtenido en el ejercicio fiscal. Este impuesto debe ser pagado de manera mensual (a cuenta del impuesto anual) al Servicio de Administración Tributaria. Es normado por la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
- Instituto del Fondo Nacional de Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT)
- Es una institución mexicana tripartita donde participa el sector obrero, el sector empresarial y el gobierno, dedicada a otorgar un crédito para la obtención de vivienda a los trabajadores y brindar rendimientos al ahorro que está en el Fondo Nacional de Vivienda para las pensiones de retiro.
- Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)
- Es una Institución del gobierno federal, autónoma y tripartita (Estado, Patrones y Trabajadores), dedicada a brindar servicios de salud y seguridad social a la población que cuente con afiliación al propio instituto, llamada entonces asegurados y derechohabientes. El afiliado al seguro obtiene un número de afiliación o NSS. El marco legislativo bajo el que rige sus operaciones es la Ley del Seguro Social (LSS)
- Ley Federal del Trabajo (LFT)
- Es la ley que regula la normatividad del empleo en México, los derechos y obligaciones de trabajadores y patrones.
- Prima dominical
- Es una prima adicional que se les paga a aquellos trabajadores que presten sus servicios en día domingo, equivalente al 25%, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo y su pago procede, en la hipótesis de que el trabajador normalmente labore en domingo y descanse otro día, es decir, que en su jornada de trabajo quede incluido el domingo, en los casos de excepción en que se labora el domingo y corresponda a su descaso semanal, se pagará con un salario triple.
- Prima vacacional
- La prima vacacional es una prestación a la que tienen derecho los trabajadores de acuerdo al artículo 80 de la Ley Federal del Trabajo. Los trabajadores tienen derecho a una prima no menor al 25% sobre sus salarios que les correspondan durante el periodo de vacaciones.
- Salario
- Es la retribución que el patrón paga al trabajador por sus servicios, es decir, el salario es el pago en efectivo y en especie, que el patrón entrega al trabajador por el desempeño de su trabajo. Esa retribución debe ser necesariamente la convenida entre las partes en el contrato de trabajo.
- Tiempo extra
- Se llama tiempo extraordinario o Tiempo extra, en su abreviación permitida, a la prolongación de la jornada de trabajo, es decir, el tiempo extra consiste en continuar trabajando después de concluir la jornada establecida.
- Vacaciones
- Las vacaciones son periodos más prolongados de días de descanso, a que se tiene derecho por cada año cumplido de servicios. La ley establece que por el primer año se tiene derecho a 6 días hábiles consecutivos de vacaciones que se aumentarán de 2 en 2 hasta llegar a 12. Llegando a esta cifra, lo que se logra en el 4 año, se aumentarán dos días de descanso por cada 5 años de antigüedad.
- CURP
- Clave Única de Registro de Población es un código único de Identidad para ciudadanos mexicanos, tiene 18 caracteres, lo que impide que se generen duplicados.
- Medio de Pago
- Medio que se utiliza para realizar un pago en una relación laboral.
- NSS
- Número de Seguridad Social.
- Recibo de Pago
- Es el documento que expide el patrón y da a conocer al empleado para demostrar que se realizó el pago de los salarios.
- RFC
- Registro Federal de Contribuyentes.
¿Cómo es la evaluación del EC0383?
Duración estimada: 1 hora en gabinete y 3 horas en campo, totalizando 4 horas.
- La evaluación de competencia de este EC se debe llevar a cabo en una situación simulada que implique que el trabajador desarrollé los cálculos requeridos en una nómina estándar. El EC se evaluaría mediante la aplicación de un cuestionario de conocimientos, la aplicación de casos que le presenten al trabajador las condiciones de la nómina que debe calcular y la presentación de evidencia histórica para los productos
- El Centro de Evaluación proporcionará al evaluador los formatos necesarios
- Es necesario que el evaluado tenga a su disposición los recursos necesarios para ejecutar la función operación de nómina tal como: computadora con conexión a internet y licencia de Microsoft Excel o en su defecto hojas de cálculo, equipo telefónico, formatos requeridos por el EC, lápiz, pluma, borrador y sacapuntas
Apoyos y requerimientos:
- Para llevar a cabo la evaluación, el trabajador deberá calcular una nómina estándar con las características estipuladas en el IEC
- Para llevar a cabo esta evaluación el Centro de Evaluación requiere trasladar a los evaluadores al área de trabajo de los evaluados. Se entregará a cada evaluador el paquete de formatos que integran el IEC. Se requiere 1 evaluador por cada evaluado
La evaluación oficial la realiza una Entidad de Certificación y Evaluación acreditada por el CONOCER. Esta información es orientativa y proviene del documento oficial del estándar.
Documento oficial
Este PDF es publicado por CONOCER. Consulta el contenido completo para conocer criterios de desempeño, evidencias y referencias normativas.
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