Propósito del estándar
Servir como referente para la evaluación y certificación de las personas adscritas a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente que realizan la función de inspección y verificación de las obligaciones que establece la regulación ambiental en materia de industria y recursos naturales a establecimientos industriales, comerciales, de servicios, de jurisdicción federal y a particulares, en su caso.
Asimismo, puede ser referente para el desarrollo de programas de capacitación y de formación basados en Estándares de Competencia (EC).
El presente EC se refiere únicamente a funciones para cuya realización no se requiere por disposición legal, la posesión de un título profesional. Por lo que para certificarse en este EC no deberá ser requisito el poser dicho documento académico.
Descripción
El presente EC describe lo que una persona deberá realizar conforme al procedimiento de inspección y verificación de las obligaciones ambientales en las materias de: emisiones y transferencia de contaminantes, control de la contaminación atmosférica, suelos contaminados por materiales y residuos peligrosos, realización de actividades altamente riesgosas e impacto ambiental, descargas de aguas residuales a cuerpos de aguas nacionales, compuestos y gases de efecto invernadero, fuentes fijas de jurisdicción federal, fuentes móviles, calidad del aire, recursos forestales, vida silvestre, quelonios, mamíferos marinos y especies acuáticas, en riesgo, sus ecosistemas y recursos genéticos, bioseguridad de organismos genéticamente modificados, especies exóticas que amenacen ecosistemas, hábitats o especies, el uso y aprovechamiento de la zona federal marítimo terrestre, playas marítimas y terrenos ganados al mar o a cualquier otro depósito de aguas marítimas, las áreas naturales protegidas, así como de impacto ambiental, cuando las obras o actividades puedan afectar o afecten los recursos naturales competencia de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) o bien en el caso de actividades pesqueras o acuícolas que puedan poner en peligro la preservación de una o más especies o causar daños a los ecosistemas y del ordenamiento ecológico, en el ámbito competencia de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
El presente EC se fundamenta en criterios rectores de legalidad, competitividad, libre acceso, respeto, trabajo digno y responsabilidad social.
Elementos de competencia evaluados
Este estándar evalúa los siguientes elementos de competencia:
- E3446: Realizar visita de inspección a establecimientos industriales/comerciales/de servicios de jurisdicción federal/a particulares
- E3447: Realizar visita de verificación a establecimientos industriales/ comerciales/de servicios de jurisdicción federal/a particulares
Ocupaciones relacionadas
- No existe referente
- Inspección ambiental
Temario: conocimientos que evalúa
Estos son los conocimientos que el candidato debe dominar según el estándar oficial:
- Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Capítulos del Título Sexto denominado
- Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Conocimiento
- Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
- Lineamientos de la Protección de Datos Personales.
- Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Glosario del estándar: guía de estudio
Términos oficiales del EC1094 que conviene dominar antes de la evaluación:
- Acta de inspección
- Es el documento oficial de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente donde el inspector federal inscribe, fundamenta y motiva todas y cada una de las infracciones a las disposiciones jurídicas ambientales encontradas en una visita de inspección.
- Autoridad competente
- Se refiere a las autoridades enunciadas en el Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y que pueden ser, el C. Procurador/los Subprocuradores/los Directores Generales con atribuciones de inspección y los Delegados.
- Circunstanciación
- Se refiere a la descripción de hechos y omisiones encontrados en la sede de la visita de inspección que se asientan en el acta de inspección, indicando las particularidades en modo, tiempo, lugar e intervinientes, constatando el estado en que se encuentran.
- Diligencia
- Se refiere al cumplimiento o ejecución puntual y esmerada de la orden de la visita de inspección y/o verificación.
- Documentación que debe presentar el visitado
- Comprende identificación oficial vigente, el título de propiedad, registro federal de contribuyentes, comprobante de domicilio fiscal y del domicilio para oír y recibir notificaciones y citatorios, autorizaciones, permisos, licencias, títulos de concesión y/o aprovechamiento, fecha de inicio de operaciones, número de empleados y obreros, lista de materia primas, lista de productos y/o subproductos elaborados, listado de equipo y maquinaria, descripción de actividades, superficie del terreno, predio o del lugar de la visita.
- Documentación a utilizar por el inspector federal según el objeto y alcance señalado en la orden de inspección
- Comprende el acta de inspección, acta de aseguramiento, acta de depositaría, acta de resguardo, sellos de clausura, sellos de suspensión, formatos de cédulas de notificación y/o citatorios.
- Inspector federal
- Servidor público, adscrito a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, debidamente acreditado, que realiza las labores de inspección y/o verificación.
- Levantamiento espacial
- Conjunto de actividades u operaciones destinadas a establecer la ubicación de puntos, conjuntos de puntos o de información geográfica en general, con relación a un determinado sistema de referencia terrestre
- Orden de inspección
- Instrucción emitida mediante oficio -documento oficial- que faculta al inspector federal, como autoridad administrativa ambiental, ejecutar el acto de autoridad o de molestia en el domicilio del particular o en el lugar indicado en la orden de inspección.
- Personalidad jurídica
- Se entiende como la capacidad suficiente de una persona, entidad, asociación o empresa, para contraer obligaciones y realizar actividades que generen plena responsabilidad jurídica frente a terceros. En el sentido que nos ocupa es la capacidad de quien atiende la visita de inspección y/o verificación para ser sujeto de derechos y obligaciones.
- Testigos de Asistencia
- Son las personas que debe nombrar el visitado -o en su defecto el Inspector federal- para acompañarlo durante el recorrido de la visita de inspección y/o verificación, mismo que deberá identificarse con documentación oficial y firmar las actas de la visita de inspección y/o de verificación, según corresponda.
- Unidad Administrativa Ordenadora
- Se entiende como la autoridad facultada jurídicamente para emitir la orden de inspección y/o de verificación.
- Visitado
- Se refiere a quien atiende la visita/propietario/representante legal/encargado/ocupante.
- Visita de inspección
- Acto de autoridad mediante el cual la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, a través de la autoridad competente, inspecciona/corrobora que los establecimientos industriales, comerciales, de servicios de jurisdicción federal y/o particulares, cumplan con la normatividad ambiental (disposiciones jurídicas ambientales) aplicable(s).
- Acta de verificación
- Es el documento oficial de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente donde el inspector federal describe, el cumplimiento de las medidas técnicas correctivas, de urgente aplicación, así como las acciones para subsanar las irregularidades o infracciones a las disposiciones jurídicas ambientales encontradas -al particular- en una visita de verificación y que servirá para ordenar el retiro de las medidas de seguridad impuestas mediante una resolución.
- Acuerdo
- Acto jurídico emitido durante la substanciación del procedimiento administrativo en el que se ordenan las medidas correctivas, de urgente aplicación o de seguridad, dictadas por la autoridad competente hasta antes de la resolución.
- Resolución
- Acto jurídico emitido por la autoridad competente en el procedimiento administrativo que pone fin al mismo, decidiendo todas las cuestiones que se susciten, mediante el cual se imponen sanciones administrativas y, en su caso, medidas correctivas por el incumplimiento a la normatividad ambiental.
- Orden de Verificación
- Instrucción emitida mediante oficio -documento oficial- que faculta al inspector federal (personal oficial), como autoridad administrativa ambiental, ejecutar el acto de autoridad o de molestia en el domicilio del particular.
- Visita de verificación
- Se refiere al acto de autoridad relativo a corroborar el cumplimiento por parte del particular/visitado de las medidas técnicas correctivas, de urgente aplicación, así como de las acciones para subsanar las irregularidades encontradas en la visita de inspección, a fin de que una vez cumplidas, se ordene el retiro de las medidas de seguridad impuestas.
¿Cómo es la evaluación del EC1094?
Duración estimada: 1 hora 30 minutos en gabinete y 2 horas 30 minutos en campo, totalizando 4 horas.
Apoyos y requerimientos:
- Para demostrar la competencia en este EC, se recomienda que se lleve a cabo en el lugar de trabajo y durante su jornada laboral; sin embargo, pudiera realizarse en forma simulada si el área de evaluación cuenta con los materiales, insumos e infraestructura para llevar a cabo el desarrollo de todos los criterios de evaluación referidos en el EC
- Documentos técnicos y legales
- Equipo y suministros para realizar trabajos de campo (muestreo, monitoreo y análisis)
- Documentos ambientales regulatorios
- Área simulada del lugar de la visita para recopilación de evidencias de cumplimientos/incumplimientos normativos y ambientales
La evaluación oficial la realiza una Entidad de Certificación y Evaluación acreditada por el CONOCER. Esta información es orientativa y proviene del documento oficial del estándar.
Documento oficial
Este PDF es publicado por CONOCER. Consulta el contenido completo para conocer criterios de desempeño, evidencias y referencias normativas.
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